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Aguas servidas y basura, el río Arenales no mejora a pesar de todas las resoluciones judiciales. Andrés Mansilla
Un resolución del máximo órgano de Justicia de Salta deja firme la sentencia contra la Provincia, Municipalidad, Aguas del Norte y la empresa Marozzi.
5 DE Noviembre 2018 - 01:21
Mientras continúan los trámites judiciales sobre las responsabilidades del saneamiento y contención del río Arenales, el principal desage hídrico de la capital salteña sigue contaminado y con riesgos de desbordes.
El jueves pasado se conoció una sentencia de la Corte de Justicia de la Provincia en la que se ratifica el fallo del juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez, de septiembre de 2017, con el que se ordena al Gobierno provincial, a la Municipalidad y a Aguas del Norte (Cosaysa) a presentar y ejecutar un plan de manejo del río Arenales, a la vez efectuar un plan sanitario de emergencia y de monitoreo.
Del mismo modo, la empresa Néstor A. Marozzi fue condenada a retirar el terraplén que avanza desde la propiedad de la firma hacia el río en el sector del puente de la avenida Tavella.
La resolución del juez Domínguez, que la Corte acaba de confirmar, surge de un amparo ambiental colectivo presentado por 157 vecinos que sufrieron el desborde del Arenales el 31 de enero de 2011. La acción se inició por el nulo manejo del afluente que terminó en una gran inundación y la posibilidad de que la catástrofe se repita, además de protestar por el permanente estado contaminante del río.
Con la única disidencia del juez Abel Cornejo, los restantes seis integrantes de la Corte de Justicia decidieron rechazar los recursos de apelación interpuestos por la Provincia y Néstor Marozzi SA sobre el fallo de Domínguez (la Municipalidad de Salta y Cosaysa no habían apelado la sentencia).
Por otro lado, el máximo órgano de Justicia de Salta, dispuso, esta vez por unanimidad, hacer lugar a la apelación que habían presentado los vecinos demandantes en protesta a la imposición de tener que solventar los gastos (las costas) por el proceso judicial que iniciaron. De esa manera, los condenados ahora tienen la obligación de afrontar la parte económica de los juicios.
"Era injusto que los vecinos afronten los gastos. Ellos se habían visto obligados a recurrir a la Justicia para tutelar derechos constitucionales del interés público, manifiestamente vulnerados", sostuvo a El Tribuno Pedro Arancibia, abogado de los vecinos amparistas.
El letrado explicó que con la decisión de la Corte se convierte en cosa juzgada la sentencia de Domínguez, que sigue vigente su ejecución, ya que no se había suspendido por la apelación de la Provincia y de la empresa de venta de maquinarias.
Recordó en ese sentido que el viernes próximo se vence el último plazo que tienen los demandados para la acreditación del cumplimiento de las obras ordenadas por el juez del amparo ambiental. A partir de ese punto corresponde ante la desobediencia de los condenados la aplicación de multas (astreintes) a las partes responsables hasta que se cumpla con la sentencia.
Sobre el cumplimiento de la condena, la Corte también emitió opinión: "Las tareas de saneamiento, tanto para reparar el daño ambiental como para evitar la reiteración de futuras inundaciones se hallan inconclusas", recalca una de las partes de la resolución.
En otro argumento se advierte la "carencia de efectividad de las actividades llevadas a cabo por los organismos públicos sobre el río".
Hasta ahora lo que se pudo observar sobre la acción implementada para mitigar la contaminación del Arenales es apenas la colocación de carteles en algunas zonas de acceso al afluente del Cabra Corral en los que se advierte el peligro de las aguas para la salud pública, pero aún no existen novedades sobre un plan serio de manejo del río.