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Imagen gentileza Página 12 (Tucumán Pro Vida)
Más de la mitad de los legisladores tucumanos firmó su respaldo a un proyecto de ley que contradice el Código Penal y pretende eliminar una de las causales del aborto no punible. Abre la puerta a considerar “declaración falsa” el relato de una mujer violada.
9 DE Noviembre 2018 - 15:34
Por Alejandra Hayon - Página 12
Tucumán da otro paso en contra de los derechos de las mujeres. Después de declarar a la provincia “provida”, el término que adoptaron quienes se oponen a la interrupción voluntaria del embarazo, los diputados provinciales ahora avanzan con una nueva iniciativa. Presentaron un proyecto de ley para eliminar una de las causales del aborto no punible e impedir la práctica en los casos de violación. De ser aprobada, la norma también impediría que la mujer reciba información sobre sus derechos con respecto al aborto no punible y fomentaría la denuncia de los médicos en caso de "sospechas de la inexistencia de delito contra la integridad sexual”.
El proyecto, que fue presentado por 29 legisladores, propone la “no discriminación al niño por nacer” y establece “absolutamente prohibida la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación”. En clara oposición a las causales establecidas por el Código Penal y ratificadas por el fallo F.A.L, dicho artículo vendría a evitar la aplicación de la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en una de las causales del aborto no punible: los casos de violación.
Como si la restricción de ese derecho fuera poco, el proyecto que fue presentado el 1º de noviembre bajo el título “Protección integral de la mujer embarazada y del niño por nacer” considera, en su artículo 7, una forma de “violencia contra la mujer, toda interferencia externa, sea estatal o particular, que tenga por objeto inducir o convencer a la mujer embarazada a la práctica de un aborto”.
Soledad Deza
En los casos de violación, el proyecto agrega la posibilidad de considerar “declaración falsa” el relato de la mujer y le otorga facultad a los médicos, y al resto del personal sanitario interviniente, para hacer la denuncia ante la fiscalía de turno y pedir la intervención del Defensor de Menores. El único requisito es la “sospecha de la inexistencia de delito contra la integridad sexual”.
“Técnicamente la provincia no puede modificar el Código Penal, no tiene valor jurídico para modificar los estándares de acceso a la Interrupción Legal del Embarazo”, afirmó Soledad Deza, abogada tucumana especialista en derechos de las mujeres e integrante de Católicas por el Derecho a Decidir y Mujeres por Mujeres. Justamente por eso, para Deza, el proyecto es “mucho más perverso” ya que supone una estrategia para construir sentido en contra del aborto legal y obstaculizar la práctica en los casos ya permitidos por ley.
Además de contradecir el Código Penal, la abogada advierte que la norma promueve también “la alteración del orden democrático” en cuanto a la confidencialidad y secreto profesional en la relación médico-paciente, otro delito penal. Además, la ley de Derechos del Pacientes, la 26.529, establece la obligatoriedad a brindar información de las prácticas sanitarias, en este caso la de la posibilidad de un aborto no punible en caso de violación.
“Es un mensaje político para debilitar la construcción de derechos y de ciudadanía. En la práctica va ser mucho más difícil acceder a lo efectores de salud. Es un mensaje cómplice a los efectores que históricamente han sido violentos con las mujeres y han violado sus derechos”, advirtió Deza y remarcó la gravedad de alentar a los médicos y profesionales de la salud a denunciar a las mujeres.
Desde Católicas por el Derechos a Decidir y Mujeres por Mujeres evalúan judicializar el proyecto por su inconstitucionalidad y hasta denunciar por “sedición” a los legisladores autores de la norma. “Estamos analizando varias alternativas. Vamos a judicializar el proyecto y apelamos al respeto de nuestros legisladores por el orden constitucional. La sedición es un delito penal que supone el desconocimiento de los derechos constitucionales y del orden democrático”, remarcó Deza.
Con 29 avales a su favor, lo más probable es que el proyecto se convierta en ley ya que la Legislatura de Tucumán cuenta con 47 miembros. En la misma Cámara, el próximo 28 de febrero perderá estado parlamentario el proyecto que busca adherir a la ley de Educación Sexual Integral. Tucumán es la única provincia que no adhirió a la Ley de Salud Sexual y Procreación Responsable.
El proyecto
El proyecto restringe los tipos de aborto habilitados por el artículo 86 del Código Penal. La iniciativa impulsada por el peronista Marcelo Caponio sostiene que esas disposiciones son contrarias a la Constitución de la Nación y de la Provincia y de tratados internacionales con rango constitucional.
Marcelo Caponio
"Respetamos todas las normas y lo establecido en la Carta Magna. No vamos en contra de ningún artículo. Estamos avanzando para que (esta postura) no quede en una cuestión declamativa, sino que el Estado (provincial) esté al lado de la mujer y el niño, y se salven las dos vidas", indicó el presidente de la comisión de Asuntos Constitucionales e Institucionales de Tucumán.
"El proyecto se inspira en la legislación provida más avanzada: la ley 6/2009 de 30 de junio de la Generalitat de Valencia (España), pionera en cuanto a medidas positivas de protección integral, tanto de la mujer embarazada como del niño por nacer", detalló Caponio.
Destacó que, al margen de que esa normativa fue derogada en 2017, el precedente es de posible instrumentación en Tucumán.
"Es necesario compatibilizar y armonizar los derechos de la mujer embarazada, y en especial los de la mujer víctima de delitos contra la integridad sexual, con el derecho humano a la vida del niño por nacer, y su garantía de igualdad y no discriminación", argumentó el legislador.
El proyecto consigna expresamente el rechazo a los abortos derivados de un abuso."Queda absolutamente prohibida la discriminación al niño por nacer gestado por causa de violación", reza el artículo 4° del proyecto.
La diputada Teresita Villavicencio (bloque Evolución Radical) cuestionó la iniciativa: "Ver la realidad o no verla, esa es la cuestión. Ayer (el miércoles, en Chaco), perdimos las dos vidas, pero tal vez importaban poco porque la persona gestante era una niña qom de 13 años, desnutrida, pobre y enferma".
Actualmente, el Código Penal exime de penas los abortos realizados por médicos en caso de riesgo de vida de la madre o cuando la gestación sea producto de abuso sexual.