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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió suspender sin goce de sueldo a Rafael Resnick Brenner, después de que el juez Leonardo Bavio pidiera su detención luego de una denuncia de la Dirección Regional de Salta del organismo tributario por extorsionar a contribuyentes.
9 DE Noviembre 2018 - 16:05
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió hoy suspender sin goce de sueldo a Rafael Resnick Brenner, después de que el juez Leonardo Bavio pidiera su detención luego de una denuncia de la Dirección Regional de Salta del organismo tributario por extorsionar a contribuyentes.
La acción penal promovida por la Fiscalía sostuvo que mientras Resnick Brenner se desempeñaba como jefe de la Región Salta de la Dirección General Impositiva, y Nicolás Fili como funcionario de esa región, concedieron beneficios mediante resoluciones favorables a distintos contribuyentes a cambio de importantes sumas de dinero.
Según pudo averiguar NA de fuentes oficiales, la modalidad consistía en crear una situación comprometida -que pudiera haber sido real- al contribuyente, para después presentarse y ofrecer una resolución favorable al margen de la ley.
Las conductas endilgadas a Resnick y Fili se encuadran en los delitos de concusión, exacciones ilegales, la figura de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función, defraudación a la administración pública, evasión fiscal.
Resnick tenía previamente cuatro sumarios abiertos en la AFIP.
Ante el primer procesamiento firme se trató de suspenderlo en el organismo estatal, con resultado negativo dada la nominación de Resnik a la comisión directiva de la Unión de Personal Superior de la AFIP (Upsafip).
Frente a su condena en la causa Ciccone, se le pidió al sindicato que, en pos de la transparencia y del cumplimiento de la sentencia y de la inhabilitación a ejercer cargos públicos, haga renunciar al gremio a Resnik, pero la respuesta fue negativa.
Este viernes se lo pudo suspender dado que, como está en prisión, ya no ejerce su rol de dirigente gremial y por lo tanto no goza de esa protección.
Con una condena firme (resta la instancia de la cámara de Casacion y de la Corte Suprema de Justicia) será posible para la AFIP exonerarlo.