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El tribunal Contencioso Administrativo Federal ratificó el fallo de primera instancia que establece que quienes hayan sido designados desde 1 de enero de 2017 serán alcanzados por el tributo.
23 DE Marzo 2018 - 18:05
La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó, este jueves, la medida cautelar que determina qué jueces, funcionarios y empleados deberán pagar Ganancias. En este sentido serán alcanzados por el tributo aquellos que hayan sido designados desde el 1 de enero de 2017 y que vengan fuera del Poder Judicial o al Ministerio Público Federal o Provincial.
Luego de que el Legislativo dictará en diciembre la modificación de la Ley de Ganancias por la que los jueces deben abonar el impuesto, la Asociación de Magistrados determinó elevar una medida cautelar para precisar "el alcance que se hizo con la modificación de la norma, más específicamente, a qué se refiere la norma cuando habla de 'nombramientos a partir del primer día de 2017'", informaron a Perfil desde el tribunal Contencioso Administrativo Federal.
Por ello, el juez Esteban Carlos Furnari consideró que no están exentos de abonar el tributo quienes -sin formar parte de los Poderes Judiciales o Ministerios Públicos nacionales, provinciales o de la ciudad de Buenos Aires - se hubiesen inscripto en un concurso para ocupar cargos en la Justicia Nacional luego del 1 de enero de 2017.
Además Furnari aclaró que tampoco están exceptuados del pago del impuesto los integrantes del Tribunal Fiscal de la Nación, Tribunales de Cuentas, Tribunales de Faltas, Tribunales de Tasaciones y Fiscalías de Estado, entre otros.
En este sentido la Cámara Federal resolvió , con el visto bueno del Magistrado Jorge Alemany y Guillermo Treacy, confirmar la decisión de primera instancia, hasta que se resuelva la medida de fondo.
El fallo completo:
Fuente: Perfil