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26 DE Enero 2019 - 01:22
Hilda González (capital) ¿De cuánto es el aumento de marzo para jubilados y pensionados?
Hola Hilda: Efectivamente el próximo aumento trimestral para jubilados y pensionados (también para beneficiarios de asignaciones familiares y universales) que otorga Anses es a partir del 1§ de marzo próximo y será del 11,8%. De esta forma la movilidad estará una vez más por debajo de la inflación. Recuerde que el aumento se calcula en un 70% por las variaciones de los precios y en un 30% restante por los salarios. Los aumentos se calculan con un rezago de 6 meses: para marzo se están tomando inflación y salarios del tercer trimestre de 2018. Durante esos meses los precios aumentaron 14,1% y los salarios, bastante menos, un 6,5%.
Con este aumento, la jubilación mínima se ubicará en poco más de $10.400. La pensión universal para el adulto mayor (PUAM), que equivale al 80% de la mínima jubilatoria, llegará a $8.320, y la pensión no contributiva (PNC), que es el 70%, sube a $7.280.
Roberto Sosa (Rosario de Lerma). Cumplí los 65 años pero me faltaban aportes para jubilarme, así que tramité una pensión universal para adulto mayor. Quiero saber si puedo seguir aportando para completar lo que falta.
Estimado Roberto: muchas personas, tanto varones como mujeres, ante la falta de aportes han tenido que acceder a esta prestación nueva, llamada pensión universal para el adulto mayor (PUAM). Se trata de una pensión que tiene limitaciones y diferencias en relación con las "moratorias" anteriores. Se requiere tener 65 años, tanto para varones como mujeres (lo cual no es casual, sino que habla de una postura hacia el futuro), pero no es necesario contar con aportes. El haber de la PUAM equivale al 80% de la jubilación mínima, a valores de hoy son $7.447 (resulta extraño que exista una pensión por debajo de la mínima). Un punto importante es que esta pensión es totalmente incompatible con cualquier otro beneficio, no se puede recibir ninguna jubilación o pensión de organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales. Una implicancia es que eventualmente el viudo o la viuda cónyuge no podrá recibir la pensión del cónyuge fallecido.
Una vez con la PUAM, la posibilidad de seguir trabajando y completar aportes para llegar a la jubilación ordinaria está muy limitada. La PUAM es también incompatible con el desempeño de cualquier actividad, en relación de dependencia o por cuenta propia. La única excepción es el monotributo social.
Elsa Acosta (Orán). Soy pensionada: ¿Cómo hago para cambiar el lugar de cobro en Anses?
Buen día Elsa: los titulares de jubilaciones y pensiones (también quienes cobran una pensión no contributiva o una pensión universal para el adulto mayor pueden elegir en qué entidad cobran sus haberes. Hay tres alternativas para cambiar el lugar de cobro en Anses:
1. Por internet: accediendo a la página www.anses.gob .ar en la sección "Mi Anses". Hay que ingresar con el CUIL y es necesaria la clave de la seguridad social (nivel 3, se habilita en cualquier oficina sin turno). Ingresar en "cobros" y "cambiar lugar de cobro", sección en la cual se deben indicar los datos correspondientes a la nueva cuenta.
2. Por teléfono: comunicándose con la línea telefónica 130.
3. Personalmente: con turno en una delegación de Anses (se puede pedir turno al número 130 o desde el sitio oficial del organismo previsional). Para realizar el trámite es necesario presentar la constancia de CBU y el formulario PS 6.37- Solicitud cambio agente pagador.
Tenga presente Elsa que el cambio se hace efectivo entre 30 y 45 días después de realizado el trámite.