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El proyecto fue una de las promesas de campaña del presidente. Se tratará en diciembre en Diputados. Lo confirmó Alberto Fernández con un video que compartió en Twitter. Fue en momentos en que Diputados lleva adelante una tensa sesión por el polémico impuesto a las riquezas.
17 DE Noviembre 2020 - 13:41
El presidente Alberto Fernández confirmó hoy el envío del proyecto oficial de interrupción voluntaria del embarazo al Congreso, y reiteró que "el dilema que hay que superar es si los abortos se practican en la clandestinidad o en el sistema de salud argentino".
"En el día de hoy, enviaré al Congreso de la Nación para su tratamiento, dos proyectos de ley para que todas las mujeres accedan al derecho a la salud integral", resaltó Fernández en un video que compartió en sus redes sociales.
En el mensaje, que fue grabado en horas de la mañana en la Residencia de Olivos y en el que se lo vio a Fernández con una corbata de color verde, el jefe de Estado destacó que "el debate no es decirle si o no al aborto", sino superar el "dilema" de "si los abortos se practican en la clandestinidad o en el sistema de salud argentino".
"Los abortos ocurren en forma clandestina y ponen en riesgo la salud y la vida de las mujeres que a ellos se someten", resaltó el Presidente, y precisó: "La criminalización del aborto de nada ha servido. Solo ha permitido que los abortos ocurran clandestinamente en cifras preocupantes", resaltó el jefe de Estado.
"Cada año se hospitalizan alrededor de 38.000 mujeres por abortos y desde la recuperación de la democracia murieron más de 3.000 mujeres por esa causa", graficó Fernández.
En esa línea, subrayó que "la legalización del aborto salva vidas de mujeres y preserva sus capacidades reproductivas, muchas veces afectadas por abortos inseguros", pero "no aumenta la cantidad de abortos ni los promueve, solo resuelve un problema que afecta a la salud pública".
Siempre fue mi compromiso que el Estado acompañe a todas las personas gestantes en sus proyectos de maternidad y cuide la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo. El Estado no debe desentenderse de ninguna de estas realidades.#QueSeaLey pic.twitter.com/V7Lr6wBmuB
— Alberto Fernández (@alferdez) November 17, 2020
"Siempre fue mi compromiso que el Estado acompañe a todas las personas gestantes en sus proyectos de maternidad y cuide la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo. El Estado no debe desentenderse de ninguna de estas realidades", enfatizó.
De esta manera, el Presidente anunció que también enviará al Congreso el proyecto de ley que "instituye el Programa de los Mil Días, con el objeto de fortalecer la atención integral de la salud de la mujer durante el embarazo y de sus hijos e hijas en los primeros años de vida".
"Mi convicción, que siempre he expresado públicamente, es que el Estado acompañe a todas las personas gestantes en sus proyectos de maternidad. También estoy convencido que es responsabilidad del Estado cuidar la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo durante los primeros momentos de su desarrollo", manifestó.
En ese marco, Fernández reiteró que "la legalización del aborto no implica una carga extra para el sistema de salud", dado que "los procedimientos validados y que se utilizan con estándares de la OMS, son en su mayoría ambulatorios, no quirúrgicos y farmacológicos".
"Las mujeres más vulnerables y en situación de pobreza son las mayores víctimas de nuestro sistema legal. Ellas deben someterse a prácticas inseguras por no poder costear lo que un aborto implica.
Muchas de ellas mueren en el intento o quedan afectadas en su salud por siempre", explicó.
En ese sentido, el jefe de Estado ponderó: "Cumplo así con mi compromiso de enviar ambos proyectos de ley para su debate parlamentario siguiendo las reglas constitucionales. Propongo un debate franco que se desarrolle en el marco del diálogo democrático".
En la previa de un debate caliente, Fernández pidió "cuidar el respeto hacia quien piensa de una manera distinta a la propia", y aseguró que "las diferencias nos hacen una sociedad plural y enriquecen la democracia que tanto esfuerzo nos costó consolidar".
"Por convicción personal, estoy seguro que estamos dando respuesta a una realidad que afecta a la salud pública y que con ello estamos ampliando derechos en una sociedad que así lo demanda. Que sea ley", agregó.
- Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tendrán derecho a decidir la interrupción del embarazo, requerir y acceder a la atención del aborto, y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud.
- El aborto se permitirá hasta la semana catorce (14) inclusive, del proceso gestacional. Fuera de ese plazo solo se podrá acceder en caso de violación o si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.
- Mujeres y personas gestantes tienen derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento.
- Previo a la realización del aborto se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito.
- En caso de menores de trece (13) años, se debe contar con el consentimiento informado y la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal.
- En los casos de adolescentes de entre trece (13) y dieciséis (16), se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida.
- El profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. Para ello deberá mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión, y derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.
- El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.
- Tampoco se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto. El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.
- Obras sociales y prepagas deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.
- El Estado tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.
- Se modifica el artículo 85 del Código Penal, que quedará redactado de la siguiente manera: "ARTÍCULO 85. - El o la que causare un aborto será reprimido: 1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 2º) Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86".
- El artículo 86 quedará redactado así: "No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional".