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El alivio fiscal a monotributistas establece una amplia moratoria que impacta a los caídos del sistema en los últimos 3 años, modifica las escalas para aliviar la situación fiscal y corre a junio la fecha del cambio de la alícuota para eliminar las deudas generadas.
16 DE Julio 2021 - 02:23
La Cámara de Senadores convirtió en ley un proyecto que crea el Programa de Fortalecimiento y Alivio Fiscal para Pequeños Contribuyentes, el que permitirá que los monotributistas no deban afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.
La reforma de la ley del Monotributo aprobada anoche elimina el retroactivo, con lo cual los monotributistas no deberán afrontar ninguna deuda acumulada por la diferencia resultante entre lo que pagaron entre enero y junio y los nuevos valores establecidos por la ley 27.618.
Con este proyecto se busca dar mayor alivio fiscal y previsibilidad a la actividad económica de los monotributistas, que suman un total de 4.080.151 contribuyentes; de los cuales 1.592.466 (39%) se encuentran en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) y 2.487.685 (61%) en el resto del país.
Los contribuyentes debían pagar el monotributo con nuevos valores, pero la AFIP prorrogó el vencimiento del monotributo del 25 de junio al 5 de agosto próximo.
A lo largo del proyecto del monotributo se fijan los incrementos que tendrán escalas en las cuales las más bajas podrán duplicar los montos de facturación. Por ejemplo, el tope de Ingresos Brutos de la categoría "A" (la más baja de todas) que tenía que pasar de $208.739 a $282.424, queda en $370.000.
Otro punto central es que aquellos que se excedieron de la facturación prevista en su categoría podrán permanecer en el régimen siempre que no superen la facturación de $5,55 millones anuales y un patrimonio de hasta $6,5 millones.
Asimismo, se contempla un plan de pagos para regularizar la deuda de los monotributistas, con un máximo de 60 cuotas, un interés de financiación no superior a 1,5% mensual, para deudas que se venían pagando en planes vigentes y caducos, y para contribuyentes que no ingresen al Alivio Fiscal Monotributo, entre otras cuestiones.