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13 DE Octubre 2024 - 02:06
Queda un largo camino para definir la situación judicial de Matías Huergo por supuestamente estar al frente de una asociación ilícita tributaria, dedicada a emitir facturas truchas. Un caso que salpicó incluso a funcionarios municipales y provinciales en 2019. Esta semana se supo que el Tribunal Oral Federal Número 1 de Salta sobreseyó a Huergo y a ocho acusados que se acogieron a la ley de blanqueo de capitales. El fiscal Carlos Amad ya elevó un recurso de casación para que se revierta esa resolución.
En una entrevista con El Tribuno, Amad ofreció su visión sobre el caso, subrayando su preocupación por el mensaje de impunidad que deja la posibilidad de que quienes delinquen puedan liberarse de culpa mediante el pago de sus deudas. Amad cuestionó la inconstitucionalidad de ciertos aspectos del decreto 608. Además, expresó la frustración del equipo investigador, que tras años de trabajo podría ver cómo la causa se diluye por decisiones que priorizan arreglos económicos sobre sanciones penales. También dijo que la Justicia provincial tiene elementos para avanzar. Es que la causa quedó divida en dos, un parte federal y otra en la órbita ordinaria.
Tras el sobreseimiento del Tribunal Oral Federal 1 ¿en que estado está la causa Huergo? ¿Se puede seguir diciendo que hay una causa?
Sí, se puede seguir llamando caso el tema de Huergo porque faltan muchas cosas que discutir. Si bien es cierto primigeniamente, el Tribunal Oral Federal Número 1 de Salta dispuso por mayoría el sobreseimiento del señor (Matías) Huergo y otros imputados en relación con el delito de asociación ilícita tributaria, tanto la Fiscalía como los imputados, presentaron apelaciones ante la Cámara de Casación Penal. Los imputados también apelaron en lo referente a los embargos, ya que quieren tener acceso a los bienes, pero esto no es posible porque la sentencia aún no está firme. Además, según tengo entendido, la AFIP ya ha hecho o está por hacer su presentación en la causa. Todavía es un caso y lo será un tiempo más porque depende de cómo resuelva la Cámara de Casación Penal, va a ir a parar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Su apelación al fallo del Tribunal Oral Federal de Salta Número 1 no va puntualmente sobre el sobreseimiento de Huergo sino contra lo que plantea el decreto reglamentario ¿Es así?
El decreto reglamentario 608 reglamenta la ley 27.743, da la casualidad que el fallo cae en una causa determinada donde se hizo la aplicación de la ley y de ese decreto reglamentario. Yo no pido la inconstitucionalidad ni del blanqueo ni del decreto. Simplemente la parte del decreto que tiene que ver con la asociación ilícita tributaria.
"Huergo es mucho más que un simple enlace. Su rol en la causa penal está claramente determinado".
Si uno lo lee, el decreto reglamentario menciona y enumera ciertas conductas que llama delitos comunes. Habla de los artículos 8, 9, 10 y 11. La ley penal tributaria tiene delitos tributarios como la evasión simple, la evasión agravada y la apropiación indebida de los recursos de la seguridad social, simple y agravada. Después, los delitos comunes son insolvencia fiscal fraudulenta, alteración de registros, etcétera. Y la asociación ilícita está en el título cuarto, en otro lugar, no dentro de los delitos comunes. Por esa razón planteo la inconstitucionalidad, porque entiendo que, al reglamentar la ley, el Ejecutivo se excedió en sus facultades e introduce en ese decreto reglamentario una norma penal que ni siquiera fue discutida en el tratamiento parlamentario de la ley.
¿El Presidente está indultando a través de la justicia con ese decreto?
Y no lo sé, no estoy en la cabeza del Presidente ni de quien hizo el decreto. Pero entiendo que hubo un error, porque en ninguno de los blanqueos anteriores, y este país ha tenido muchos, se incluyó la asociación ilícita tributaria. Veremos qué dicen los tribunales superiores. Creo que el Ministerio Público Fiscal tiene una posición sólida respecto a la interpretación de la ley. Hoy en día, el Tribunal Oral no opinó así. El Tribunal de Córdoba Número, en el caso Grido, también entendió lo mismo, por 2 a 1. Pero bueno, veremos lo que dice Casación pero la cuestión se definirá en la Corte, ya que la resolución sobre la asociación ilícita terminará ahí.
¿Cómo fue la operatoria de Matías Huergo para acogerse al blanqueo? ¡Él fue a la AFIP y dijo: "Quiero entrar en el blanqueo", y pagó?
El paso administrativo de lo que él hizo en la AFIP como contribuyente no los conozco. Según los papeles que presentó, pidió un estado de cuenta o deuda. La AFIP le determinó una suma de dinero, el señor Huergo hizo tres pagos millonarios y le emitieron un certificado de pago de obligaciones por algunas de sus empresas. Se presentó con esas actuaciones administrativas, más la copia del decreto, la ley, y un pedido muy breve solicitando su sobreseimiento por haberse adherido a las facilidades de la ley. En esa línea lo hicieron los demás.
Lo que me parece forzado el pensamiento que si Huergo debía dinero, lo pagó y fue absuelto, mientras que a los demás también se los perdonó. Esto no es solo cuestión de evadir impuestos. Si querían perdonarlo, debieron determinar cuánto dinero se evadió y el fraude al Estado generado con facturas truchas. Ese es el verdadero perjuicio al Estado, no lo que Huergo, Mimesi o su hermano o cualquier otro le debía al Estado como contribuyentes comunes.
Doctor, la sensación que queda en la sociedad es que quien delinque y tiene dinero puede pagar y liberarse de toda culpa...
Sí, es lo que muchos piensan. Mi hermano, mi mamá, mi señora y mis amigos me lo dicen.
Hay una sensación de impotencia, de impunidad, como si nada importara, lo digo como ciudadano. Como fiscal tengo sentimientos encontrados, porque llevo 36 años en la justicia y es la primera vez que veo algo así. Me da pena que, después del trabajo que hemos hecho junto con la AFIP y el grupo que dirijo, todo termine con un "pago y se acabó." Hay frustración detrás de esto. Aclaro que yo contra la ley no tengo nada, pasó por el Congreso, por los filtros que tenía que pasar. Mi problema es el "I artículo 15, inciso C del decreto ley 608, que es la asociación ilícita tributaria.
"El señor Gauffín tenía que ver con la triangulación de dinero, que salía y entraba producto de esas facturas truchas".
Además, este proceso implicó muchos recursos humanos y trabajo por parte de su equipo...
Exactamente. Cada caso penal que llega a conocimiento de un juez o fiscal implica un compromiso de informar a la sociedad sobre lo que está pasando. Este caso se hizo conocido por sus implicancias políticas. Había personas con altos cargos en la administración pública municipal y descentralizada involucradas, como Lusal y otros organismos. También encontramos un alto funcionario económico del gabinete municipal firmando, endosando y cobrando cheques para una empresa investigada en la causa tributaria. Esa investigación terminó en la Provincia por disposición de la Corte. Obviamente soy un hombre del Derecho, me guste o no me guste tengo que acatar el fallo. Si, como ciudadano, exijo y quisiera ver el estado de esas investigaciones. Nosotros cuando nos desprendimos de una parte de la causa, entregamos toda la documentación a los fiscales y jueces provinciales. Sin embargo, no he visto que nadie haya sido imputado ni llamado a declarar, a pesar de que hay material suficiente para hacerlo. Es una causa compleja, eso corre por cuenta y orden de ellos, y de quienes los controlan, que tampoco hace nada.
¿Cuál es era el rol de Huergo en esta causa y en la que se derivó a la Provincia ¿Es un enlace con gente del poder o el jefe de una organización criminal?
No puedo afirmarlo categóricamente porque sigo con el caso y mañana podrían decir que estoy prejuzgando. Siendo objetivo, creo Huergo es mucho más que un simple enlace. Su rol en la causa penal está claramente determinado. Nuestra hipótesis era que, en el debate, podríamos probar todo lo que recolectamos durante la instrucción, que fue larga y tediosa, pero necesaria. Sí, creo que es más que eso.
¿Recibió presiones en esta causa?
No, nunca. Nadie me presionó ni me indicó qué debía hacer. Pude trabajar libremente. En alguna ocasión, alguien me preguntó por curiosidad, pero nada más.
En cuanto a tiempo ¿Qué viene en la causa?
El plazo para presentar recursos vence el 15. Si las partes ya han recurrido, el Tribunal concederá el recurso porque es una sentencia definitiva. Sentencia definitiva en puntos procesales o palabras procesales técnicas, significa, que pone final proceso. Entonces como no queda firme, pero pone fin por un lado, se va a tener que ceder un recurso de casación y se tendrá que elevar a la Cámara de Casación Penal. Después lo que resuelva Casacación, hay que ver si va a la Corte, lo que dice el fiscal de Casación. Por ahí el fiscal no sostiene el recurso, como me pasó muchas veces, aunque en este caso creo que lo harán. Veremos si el caso de Córdoba y este caen en salas diferentes para tener dos criterios distintos.
¿Es cierto que hay involucrados conocidos como "perejiles"?
No, aquí no hay perejiles. Cada persona cumplió su rol dentro de la asociación ilícita Ay B. La investigación lo demostró claramente. No hay ningún convidado de piedra
¿Cómo operaba la organización A y la B?
El funcionamiento consistía en generar facturas truchas para concederle a otras empresas, prestanombres o a alguien esa facturación, que genera créditos fiscales, débitos fiscales, favores fiscales. Por ejemplo, vos cobrás 100 mil pesos, vas y hacés una compra por 50 mil pesos y te dan un boleta. Pero dijiste, voy a hacer una compra trucha y pediste una factura falsa por 50.000 pesos, pero esa boleta te la generó una asociación ilícita tributaria. Bueno esa factura de 50 mil pesos, tiene un IVA menor, que es el perjuicio que le estás generando la Estado. Esas operaciones ficticias perjudicaban al Estado al no pagarse los impuestos correspondientes. El caso tiene escuchas telefónicas, en donde fulano le decía a mengano llamalo porque mengano tal cosa. El otro llamaba y decía que iba a ir mengano y debía darle una boleta... Es decir todo esto era un plan perfectamente orquestado.
De todos los allanamientos realizados, ¿qué tanto se sacó de la Municipalidad?
Toda la documentación obtenida de la Municipalidad, que se analizó, y tras las audiencias de competencia, después yo descubrí más cosas que tenían relación con el señor (Pablo) Gauffín, vuelvo a plantear una cuestión de competencia. Es que yo entendía que el señor Gauffín tenía que ver con la triangulación de dinero, que salía y entraba producto de esas facturas truchas. Bueno entendieron en su momento que esto no era así y lo mandaron a la Provincia. Pero la prueba concreta de todo lo que se encontró en la Municipalidad y en otros lugares, está todo a disposición de los jueces y los fiscales provinciales.
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