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Podrán podir su licencia hasta 10 días antes de la fecha de parto.
7 DE Octubre 2024 - 20:10
En el marco de la Ley 27.742 (Ley Bases), las trabajadoras en relación de dependencia que soliciten la Asignación por Maternidad ahora pueden elegir seguir en actividad hasta 10 días corridos antes de la fecha de parto y conservar los días restantes para después del nacimiento, hasta alcanzar los 90 que permite la ley.
La fecha de la licencia debe ser informada previamente al empleador, a partir de las 12 semanas de embarazo, con la presentación de un certificado médico en el que conste la fecha probable de parto y el tiempo de gestación. Luego, se debe iniciar la solicitud ante ANSES presentando el Formulario PS. 2.55 completo y firmado.
Es importante que la persona comience el trámite de la asignación antes de iniciar la licencia, ya que seguirá cobrando normalmente su sueldo bruto (sin descuentos). Puede realizarlo personalmente en cualquier oficina de ANSeS, con turno, o mediante la modalidad Atención Virtual.