Acceso web El Tribuno:
www.eltribuno.com
Contacto:
Editor: Pablo Juarez
E-mail: pjuarez@eltribuno.com.ar
Teléfono: +54 387 4246200
Por cualquier consulta administrativa o referida al sitio, puede escribirnos a: contactoweb@eltribuno.com.ar
Director: Sergio Romero
Telefono: +54 0810 888 2582
Razón Social: Horizontes On Line SA.
Registro de propiedad intelectual: 69686832Domicilio: Av. Ex. Combatientes de Malvinas 3890 - CP (A4412BYA) Salta, Argentina.
A través de la Resolución 1092/2024 se hizo oficial la baja de la jubilación y de la pensión de privilegio de la ex presidenta, que seguramente recurrirá a la Justicia para retener ambas.
15 DE Noviembre 2024 - 07:52
Tras el anuncio del vocero presidencial, Manuel Adorni, el Ejecutivo hizo efectiva hoy la baja de la jubilación de privilegio de la ex presidenta Cristina Kirchner y también la pensión que recibía por su fallecido esposo, el ex presidente Néstor Kirchner.
A través de la Resolución 1092/2024 publicada en el Boletín Oficial se indicó que las asignaciones “devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública”. Se trata de la suma de 21.827.624 pesos.
La resolución recuerda que el pasado miércoles la Cámara Federal de Casación Penal confirmara la condena a la ex presidenta "a la pena de seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos accesorias legales y las costas del proceso, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Por eso, se plantea en el documento que la decisión de eliminar la jubilación de privilegio y la pensión responde a la incompatibilidad con dicha causa, ya que “la finalidad de las asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”.
Asimismo, se indica que “una particular circunstancia que otorga legitimidad de percepción a sus beneficiarios le viene dada por ciertas conductas que tienen que acreditar en función del ejercicio de altos cargos en la Administración Pública, siendo que esa premisa no solo tiene que acreditarse al cese en el cargo sino también durante la percepción del beneficio”.
Además, se aclara que una condición fundamental para recibir el beneficio consiste en el “buen desempeño en el cargo prestado en las altas esferas de la Nación”.
En tanto, la resolución afirma que el beneficio previsto por la Ley 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidentes de la Nación es una asignación graciable “que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño del cargo” y que “no tiene carácter contributivo -esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario- constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor”.
Durante la conferencia del vocero presidencial, se aclaró que Cristina Kirchner “va a poder seguir cobrando una pensión y una jubilación de acuerdo a sus aportes, y no por un adicional por los privilegios”. Asimismo, la ex mandataria podrá apelar la medida.